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JUDICIALES

3 de enero de 2024

La Justicia suspendió las reformas laborales incluidas en el DNU de Milei

Se trata del capítulo 4 del decreto del Poder Ejecutivo Nacional, que había generado el rechazo por parte de la CGT. Es el primer freno al decreto 70/2023.

La Justicia suspendió este miércoles los artículos del DNU de Javier Milei que implican una reforma laboral, tras la presentación judicial que había hecho la CGT.

La Cámara de Apelaciones del Trabajo dictó una medida cautelar para dejar sin efecto el capítulo 4 del decreto que firmó el presidente, que desencadenaron en el anuncio del primer paro general de la era libertaria, programado para el 24 de enero.

El DNU modificaba leyes laborales referidas a la contratación, la jornada laboral, las indemnizaciones y la actividad sindical, entre otras.

En su fallo, la sala integrada por las juezas María Dora González y Andrea García Vior y el juez Alejandro Sudera sostuvo que la fundamentación del Ejecutivo es insuficiente para demostrar la urgencia en implementar cambios estructurales en las leyes laborales, en especial porque algunas de esas normas tienen implicancias penales.

 Los jueces incluso citaron a Juan Bautista Albertdi con una chicana directa a Milei y al nombre que eligió para la ley ómnibus, que llamó  "Bases y puntos de partida para la libertad de los argentinos". 

"Viene a mi memoria que en su inmortal obra 'Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentina' -que obró como una de las fuentes materiales de la Constitución Nacional de corte liberal de 1853- Juan Bautista Alberdi se preguntó -y respondió- al respecto: '¿Qué importa que las leyes sean brillantes, si no han de ser respetadas?", dijeron los jueces en el fallo.

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