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2 de junio de 2025

La Justicia suspendió el DNU de Milei que limita el derecho a la huelga

Una sentencio hizo lugar a la medida cautelar de la CGT y dejó en suspenso la medida que ampliaba el listado de actividades consideradas esenciales o trascendentales.

La Justicia Nacional del Trabajo le propició un revés al gobierno de Javier Milei al dejar sin efecto los artículos que limitaban el derecho a huelga de una serie de actividades que pasaron a ser consideradas esenciales y trascendentes. También se dejó sin efecto la declaración como servicio esencial la navegación tanto por agua marítima como fluvial.

Así lo resolvió este lunes la jueza Moira Fullana al "hacer lugar a la medida cautelar peticionada y suspender provisoriamente los efectos de los artículos 2º y 3° del DNU 340/25", firmado por Milei el 20 de mayo pasado. Lo hizo a partir de una presentación de la CGT, aunque también tomó una medida análoga a partir de una presentación de ATE, pero solo relativa al artículo 3° (sobre transporte fluvial).

Se trata de los artículos que, precisamente, establecieron como esenciales una serie de actividades, entre las que se incluyen los servicios sanitarios y hospitalarios, los servicios de telecomunicaciones, la aeronáutica comercial, los servicios aduaneros y migratorios, la educación preescolar, primaria y secundaria y el transporte fluvial, entre otras.

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La declaración como actividad esencial implica que ese servicio, según estableció el mismo decreto, debe garantizar un mínimo de cobertura del 75% en caso de realizar una medida de fuerza, lo que en los hechos significaba una restricción del derecho a huelga establecido en la Constitución. Ahora, la declaración como "esenciales" de esas actividades fue suspendida provisoriamente por la Justicia, por lo que podrán realizar paros como lo hacían tradicionalmente.

La decisión de la jueza también significó la suspensión temporal de la declaración de otras actividades como "trascendentales", entre ellas la producción de alimentos, los servicios financieros (bancos), los hoteles, la producción de medicamentos, los servicios de radio y TV, el transporte terrestre, los aeropuertos, los servicios mineros, la actividad minera, los correos o los frigoríficos.

Qué dice el DNU 340/25 que dictó Milei contra el derecho a huelga

El 20 de mayo pasado, Milei emitió el DNU 340/25, que amplió la lista de actividades consideradas esenciales y dejó a casi todos los sectores laborales bajo la mira, reduciendo las posibilidades de protesta. Esto desafió las normativas internacionales y reavivó tensiones con la CGT, que ya anticipó que llevarán la cuestión a la Justicia¿Qué pasará con el derecho a huelga en Argentina?

El DNU 340/25, que se relacionó con la marina mercante, introdujo una reforma histórica. No solo declaró esta actividad como servicio esencial, sino que también amplió esa categoría a un enorme rango de rubros que, en su interpretación más amplia, se vieron afectados por esta normativa. Entre los sectores que enfrentaron restricciones a los paros se encontraron el transporte, la educación, la salud y los servicios públicos, así como la producción industrial y los medios de comunicación.

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