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SERVICIOS

14 de julio de 2023

Publicidad electoral en Servicios de Comunicación Audiovisual

Sistema de Administración de Campañas Electorales (SACE) conceptos generales

¿Qué es la distribución de publicidad electoral para Agrupaciones Políticas en Servicios de Comunicación Audiovisual?

El proceso mediante el cual se pone en práctica el régimen de publicidad electoral en servicios de comunicación audiovisual (SCA) depende de:

  • La ejecución y asignación de espacios de publicidad electoral a través de un Sorteo Público.
  • El envío por parte del Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) de los listados de SCA habilitados para transmitir publicidad electoral.
  • El desarrollo de una plataforma informática (actualmente es el Sistema de Administración de Campañas Electorales - SACE) en donde las agrupaciones políticas gestionen los espacios asignados en radio y televisión.

Los SCA afectados a emitir publicidad electoral durante una campaña electoral

  • Son aquellas emisoras de TV abierta, TV por cable, Señales Nacionales, radios AM y FM, habilitadas por ENACOM.
  • Deben ceder de manera gratuita el cinco por ciento (5%) de 12 horas de transmisión (2.160 segundos por día).

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¿Cómo se distribuye el tiempo que cada SCA cede por día?

Los porcentajes destinados para cada categoría son:

Para elecciones presidenciales

  • 50% presidente/a y vicepresidente/a - Parlamentarias y parlamentarios del Mercosur por distrito Nacional.
  • 25% senadoras y senadores nacionales - Parlamentarias y parlamentarios del Mercosur por distrito Regional.
  • 25% diputadas y diputados nacionales - Parlamentarias y parlamentarios del Mercosur por distrito Regional.

Para elecciones legislativas

  • 50% senadoras y senadores nacionales.
  • 50% diputadas y diputados nacionales.
En caso de que una provincia celebre simultáneamente sus comicios y adhiera expresamente al régimen, la distribución se realizará del siguiente modo:

Para elecciones presidenciales

  • 40% presidente/a y vicepresidente/a - Parlamentarias y parlamentarios del Mercosur por distrito Nacional.
  • 15% senadoras y senadores nacionales - Parlamentarias y parlamentarios del Mercosur por distrito Regional.
  • 15% diputadas y diputados nacionales - Parlamentarias y parlamentarios del Mercosur por distrito Regional.
  • 20% gobernador/a y vicegobernador/a.
  • 10% legisladores y legisladoras provinciales.

Para elecciones legislativas

  • 40% senadoras y senadores nacionales.
  • 40% diputadas y diputados nacionales.
  • 20% legisladores y legisladoras provinciales.
Asimismo, los 2.160 segundos por día por SCA se reparten entre todas aquellas agrupaciones políticas que oficialicen listas de candidatos de la siguiente manera:
  • 50% de manera igualitaria entre todas las agrupaciones políticas.
  • 50% de manera proporcional a los votos obtenidos por la agrupación política en la última elección para la categoría diputados.
El tiempo que ceden los SCA se divide en cuatro (4) franjas horarias:
  • F1: 07:00 a 11:00 horas.
  • F2: 11:00 a 16:00 horas.
  • F3: 16:00 a 20:00 horas.
  • F4: 20:00 a 01:00 horas.

El tiempo cedido se expresa en módulos, lo que implican:
Un módulo en TV = 12 segundos.
Un módulo en radio = 9 segundos.

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Mesa de ayuda

Correo electrónico[email protected]
Teléfono: 011 4883-9927 / 28 / 54

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