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5 de febrero de 2026

El Gobierno reglamentó la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad tras el fallo de la Justicia

El Gobierno nacional aprobó este miércoles la reglamentación de la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad, a través del Decreto 84/2026, publicado en el Boletín Oficial.

 

La decisión se conoció luego de una sentencia judicial que obligó al Estado a avanzar con la aplicación de la norma, cuya vigencia había quedado supeditada a la disponibilidad presupuestaria.

La ley, identificada como Ley 27.793, fue sancionada por el Congreso en julio del año pasado y declara la emergencia en materia de discapacidad hasta el 31 de diciembre de 2026, con posibilidad de prórroga por un año. El texto establece un nuevo marco para políticas públicas, prestaciones y pensiones destinadas a personas con discapacidad.

El Decreto
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Sin embargo, tras su aprobación, el Poder Ejecutivo había dispuesto mediante un decreto que su implementación quedara condicionada a la inclusión de partidas específicas en el presupuesto nacional, lo que motivó una presentación judicial.

El fallo que forzó la reglamentación
En diciembre pasado, el juez federal de Campana Adrián González Charvay declaró inválido el artículo del decreto que suspendía la aplicación de la ley y ordenó su “inmediata puesta en marcha”. En su resolución, el magistrado sostuvo que el condicionamiento presupuestario resultaba incompatible con las obligaciones constitucionales e internacionales del Estado argentino.

A comienzos de enero, la cartera que conduce Mario Lugones comunicó que había iniciado pasos administrativos y comunicaciones internas, aunque aclaró que la aplicación no sería inmediata y no precisó fechas. Con la publicación del decreto, el Ejecutivo formalizó finalmente ese proceso.

Qué establece la reglamentación
La reglamentación define los aspectos operativos de la ley, que hasta ahora carecía de reglas claras de aplicación. Uno de los ejes centrales es la creación de un nuevo régimen de pensiones no contributivas por discapacidad, que fija criterios de acceso, permanencia, incompatibilidades y procedimientos administrativos.

El decreto también establece la implementación de auditorías periódicas para controlar el sistema y evitar superposiciones con otros beneficios previsionales o asistenciales.

Además, dispone que las pensiones no contributivas otorgadas con anterioridad a la vigencia de la ley serán convertidas de oficio en la nueva Pensión No Contributiva por Discapacidad para Protección Social, lo que implicará un proceso de identificación, relevamiento y verificación de las prestaciones alcanzadas.

Rol del Estado y control del sistema
La reglamentación refuerza el rol de la Secretaría Nacional de Discapacidad, que pasó a depender del Ministerio de Salud, y la instruye a convocar al Consejo Federal de Discapacidad para acordar los criterios de evaluación socioeconómica.

Asimismo, fija un plazo de 30 días para la presentación de un plan de auditorías periódicas, tal como prevé la ley, y ratifica los mecanismos institucionales de consulta y participación, incluyendo el Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral y el Observatorio de la Discapacidad.

En los considerandos del decreto, el Poder Ejecutivo aclaró que dicta la reglamentación “sin reconocer hechos ni derechos” ni consentir los fundamentos de la sentencia judicial, pero con el objetivo de dotar de precisión operativa a la norma y fortalecer los mecanismos de control y trazabilidad de las políticas públicas.

La medida lleva la firma del presidente Javier Milei, del jefe de Gabinete Manuel Adorni y del ministro de Economía Federico Sturzenegger.

Fuente: A24

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