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SALUD

20 de octubre de 2025

La Anmat prohibió el uso de un antibiótico inyectable

El organismo detectó que un lote de este medicamento presentaba "partículas en suspensión de distintos tamaños", lo que implica un "desvío de calidad" que podría provocar un "riesgo crítico de consecuencias en la salud".

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmatprohibió este lunes el uso, venta y distribución en todo el país de un lote de un medicamento inyectable , tras haber detectado un "desvío de calidad".

La medida se dio a conocer mediante la Disposición 7695/2025, publicada en el Boletín Oficial, donde se explica que el producto afectado por la medida es el siguiente:

  • Lote I2501, vencimiento 01/27, del producto “Clindamicina Klonal / Clindamicina (como fosfato), concentración 600 mg/4 ml, en la forma farmacéutica de inyectable para perfusión, presentación 100 frascos ampolla por 4 ml, Certificado Nº 43.852” , de la firma Klonal SRL

Según se informó en los considerandos de la norma, ese medicamento es un antibiótico para infecciones medias. El organismo explicó que en unidades del lote mecionado se hallaron "partículas en suspensión de distintos tamaños".

 

La situación fue clasificada como un incidente de nivel “mayor” y con prioridad “media” , ya que si este medicamento es usado podría traer aparejado "un riesgo crítico de consecuencias para la salud" de los usuarios. 

"Un defecto de estas características refleja la existencia de deficiencias significativas en la gestión del Sistema de Calidad Farmacéutico y en actividades de producción del establecimiento; implicando un riesgo para la salud pública la administración un producto que presenta este tipo de desvío de calidad", se agregó.

De este modo, se prohibió su uso, distribución y venta en todo el país. Asimismo, se dispuso el recupero del lote mecionado del mercado. 

 

La Anmat prohibió la venta de dos aceites de oliva

Por otra parte, el organismo prohibió la venta en todo el país y en sitios de comercio electrónico de dos marcas de aceite de oliva que no contaban con registros ante el organismo y por ende fueron catalogados como "apócrifos".

Las prohibiciones son para los siguientes productos:

 
  •  “Aceite de oliva extra virgen artesanal, marca: Olivos Andinos, Elaborado y envasado por: RNPA N° 1200884, RNE N° 12000375, La Rioja, Industria Argentina”, en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento.
  • "Aceite de oliva virgen extra de primera presión en frío marca Olea Nativa - olive oil, Origen de Mendoza, RNE 13451702 - RNPA 13050452” en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento.

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